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Resto de solicitudes que no sean Proyectos de Especial Interés Económico



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción Mediante este procedimiento se permite al ciudadano presentar solicitudes ante el registro general del Ayuntamiento de Llanes, en relación a todas aquellas cuestiones para las cuales no se encuentre solicitud en papel o procedimiento telemático concreto. Tanto presencial como telemáticamente.
Forma de inicio A instancia de parte
Plazo de presentación Presentación de la solicitud a instancia de parte, o en su caso por la propia administración.
Lugar y forma de presentación Presencialmente. Podrá iniciarse mediante instancia normalizada presentada en el Registro del Ayuntamiento de Llanes, o a través de cualquier otro medio de los establecidos en la Ley 39/2.015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, en adelante LPAC 39/15. La tramitación presencial está reservada para aquellos interesados que no estén obligados a relacionarse electrónicamente con este Ayuntamiento. No obstante, los interesados no obligados podrán optar por la tramitación electrónica desde el inicio del procedimiento o bien una vez iniciado el mismo mediante la cumplimentación de trámites a través de la Sede Electrónica Municipal.
Sede Electrónica/Portal del Ciudadano: obligatorio para las personas jurídicas y aquellas entidades y personas físicas indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Tributos Se aplicará lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal 110 reguladora de la Tasa por concesión de licencias urbanísticas.
Se aplicará lo establecido en el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal 403 reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Órgano Gestor Negociado de urbanismo del Ayuntamiento de Llanes.
Órgano que resuelve Decreto de Concejal Delegado
Plazo máximo de resolución y notificación Tres meses
Efectos del silencio administrativo Positivo. No obstante, en ningún caso podrán adquirirse por silencio facultades en contra de las prescripciones de las leyes, planeamiento territorial y urbanístico y demás normativa urbanística o sectorial que resulte aplicable (art. 576 del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias
Recursos posibles Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Llanes en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al del recibo de la notificación.

Contra la denegación expresa al recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 MESES, contados a partir del día siguiente a la notificación, ante el Juzgado de esta jurisdicción de Oviedo. Si transcurrido el plazo de UN MES desde la interposición del recurso de reposición no hubiese recaído resolución expresa, éste se entenderá desestimado, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 6 MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación, ante el Juzgado de esta jurisdicción de Oviedo.

Puede, además interponer cualquier otro recurso o reclamación que estime oportuno

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud debidamente cumplimentada conforme al art 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Solicitud debidamente cumplimentada conforme al art 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Obligatorio Ambas
Toda aquella documentación que considere oportuna: Toda aquella documentación que considere oportuna Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
ROTU Art 564.2 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (Art. 564.2 ).
LRHL Ley reguladora de haciendas locales.
OF 110 Ordenanza fiscal nº 110 tasa por licencias urbanísticas.

Tramitación presencial
Instancia de Solicitud
Tramitación telemática
Tramitar